También se incluyen los accidentes que ocurran en el trayecto de ida o regreso entre la casa y el lugar de faena, trabajo o viceversa.
El trayecto entre dos lugares de trabajo también se considera accidente del trabajo, pero es de responsabilidad del trabajo de destino.
Se agrupan en:
Los que producen incapacidad temporal.
Los que producen invalidez parcial.
Los que producen gran invalidez. Los que producen la muerte.
Para trabajadores:
Trabajadores dependientes.
Funcionarios públicos de la administración del Estado, municipal y de instituciones semifiscales. Trabajadores civiles de ASMAR, FAMAE y ENAER (regidos por el Código del Trabajo y afiliados a un régimen previsional del Decreto Ley 3.500) Estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuentes de ingreso para el plantel donde estudian.
Los trabajadores independientes y los trabajadores familiares.
Alumnos en práctica.

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